
PRESUPUESTOS MUNICIPALES DE BRIHUEGA: LA NORMA INCUMPLIDA
Plataforma Brihuega 07/02/2026
El presupuesto municipal no es un mero trámite contable: es el plan de vuelo de un ayuntamiento. Marca qué se va a gastar, en qué y con qué prioridades durante todo el año.
Por eso la ley es clara y exigente con los plazos. El artículo 169.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, establece que la aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno “habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse”.
Traducido a un lenguaje llano: antes de Nochevieja, el Ayuntamiento tiene la obligación legal de tener sus cuentas del año siguiente votadas y listas.
La misma norma prevé qué ocurre cuando ese deber no se cumple. El artículo 169.6 dice que, si al iniciarse el ejercicio económico no ha entrado en vigor el nuevo presupuesto, “se considerará automáticamente prorrogado el del anterior, con sus créditos iniciales”.
Es decir, el Ayuntamiento sigue funcionando con el mismo traje presupuestario del año pasado, aunque la realidad del municipio haya cambiado. La prórroga es una red de seguridad pensada como excepción, no como forma habitual de gobernar.
En este contexto, cabe preguntarse por qué el Ayuntamiento de Brihuega ha iniciado 2026 sin presupuestos nuevos, viéndose obligado a prorrogar los del ejercicio anterior, pese a que el equipo de Gobierno del PSOE goza de mayoría absoluta en el Pleno.
No hay una oposición, por pura cuestión numérica, capaz de bloquear las cuentas. Si no hay bloqueo político, solo quedan otras posibles explicaciones: falta de planificación, retrasos internos en la elaboración del documento o la decisión de posponer debates incómodos sobre prioridades y proyectos.
La prórroga tiene efectos muy concretos para el municipio. Impide adaptar con agilidad el gasto a nuevas necesidades: subidas de costes energéticos, nuevos programas sociales, inversiones urgentes en pedanías o mantenimiento que se ha ido posponiendo.
Retrasa la puesta en marcha de proyectos anunciados, porque muchas partidas nuevas no existen en el presupuesto prorrogado y requieren complejas modificaciones de crédito. Y lanza un mensaje poco edificante: mientras otras instituciones aprueban sus cuentas a tiempo, Brihuega arranca el año mirando por el retrovisor.
También es cierto que la prórroga ofrece alguna ventaja “relativa”. Garantiza que los servicios esenciales no se paralizan y que el Ayuntamiento puede seguir pagando nóminas y facturas sin sobresaltos. En municipios con cuentas saneadas, mantener temporalmente el mismo techo de gasto puede incluso actuar como freno a la improvisación. Pero convertir esa excepción en norma, y más aún con una mayoría absoluta cómoda, transmite la sensación de que la gestión del calendario presupuestario no es una prioridad.
Al final, el incumplimiento de una obligación tan básica como aprobar el presupuesto antes del 31 de diciembre no es un simple desliz administrativo. Es una decisión —por acción o por omisión— que limita la capacidad de Brihuega para planificar su futuro.
Y obliga a preguntarse si un gobierno local que presume de estabilidad y mayoría sólida puede permitirse empezar el año con las cuentas atascadas en el pasado.